Bienvenidos a Cancún, “ciudad de baches”

 Bienvenidos a Cancún, “ciudad de baches”

CANCÚN.- Usuarios a través de redes sociales, han realizado múltiples denuncias sobre el pésimo estado en el que se encuentran las calles de Cancún, donde los baches proliferan sin que la actual administración destine recursos, personal, así como un proyecto de rehabilitación para las vialidades.

Hace pocos días, un ciudadano reportó la perdida de sus neumáticos, tras haber caído en un mega bache ubicado en Avenida Politécnico con Avenida México.

Hasta el momento, se desconoce si el ayuntamiento de Benito Juárez se hará responsable de los daños causados a la unidad, pues cabe señalar que el Artículo 109 constitucional en su último párrafo determina que estas acciones son responsabilidad del Estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.

Mientras las calles y avenidas de prácticamente todo Cancún se desmoronan por los parches y plastas de chapopote que coloca el personal de Ayuntamiento de Benito Juárez, la alcaldesa Mara Lezama destapa sus intenciones de contender en las próximas elecciones, rumbo a la gubernatura de Quintana Roo.

En la misma situación se encuentran diversos tramos de Avenida Cancún, también conocida como “Avenida Las Torres”, donde a la altura de prolongación Avenida La Luna, al rededor de 10 baches afectan la circulación vehicular y ponen en peligro tanto a automovilistas como a peatones.

Don Héctor, dijo trabaja para un centro educativo de la zona, pero al ver los baches decidió apoyar a los automovilistas para agilizar la movilidad, ya que la dirección de Tránsito Vehicular y Servicios Públicos del municipio brillan por su ausencia.

Otra usuaria más de redes sociales, expuso de forma crítica el estado en el se encuentran las calles de La Rehollada.

¿Qué puedes hacer?

Como ciudadano y ciudadana debes saber, que la responsabilidad patrimonial por parte el estado existe, y estos son los pasos que debes seguir para reclamar el pago de daños o indemnización correspondiente que será mediante una demanda al municipio o a la dependencia estatal en la materia.

Para lo anterior, el procedimiento de responsabilidad patrimonial deberá ser presentado por escrito ante el Tribunal de Justicia Administrativa ajustado a la Ley, a lo dispuesto por el Código de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo, en la vía contenciosa administrativa.

En el escrito inicial de demanda, además de contener los requisitos establecidos en el Código de Justicia Administrativa del Estado de Quintana
Roo, deberá mencionar:

I. La descripción, lugar y fecha de los hechos causantes de la lesión patrimonial
sufrida;

II. Nombre y cargo de los servidores públicos involucrados en la actividad
administrativa que se considere irregular

III. La petición que se formula que deberá incluir la cuantía de indemnización
pretendida, y

IV. El señalamiento, bajo protesta de decir verdad de que la reclamación no se ha
iniciado por otra vía.

Hay que considerar que el daño que se cause al patrimonio de los particulares por la actividad administrativa irregular, deberá acreditarse tomando en consideración los siguientes criterios:


I. En los casos en que la causa o causas productoras del daño sean identificables, la relación causa-efecto entre la lesión patrimonial y la acción administrativa irregular imputable al Estado deberá probarse fehacientemente;

II. En su defecto, la causalidad única o concurrencia de hechos y condiciones
causales, y

III. La participación de otros agentes en la generación de la lesión reclamada, deberá probarse a través de la identificación precisa de los hechos que produjeron el resultado final, examinando rigurosamente las condiciones o circunstancias originales o sobrevenidas que hayan podido
atenuar o agravar la lesión patrimonial reclamada.

Las resoluciones (sentencias) que dicte el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado con motivo del procedimiento que prevé la presente Ley, deberán contener los requisitos establecidos en el Código de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo.

El derecho a reclamar indemnización prescribe (concluye) en un año, mismo que se computará a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido la lesión patrimonial, o a partir del momento en que hubiesen cesado sus efectos lesivos, si fuesen de carácter continuo.


Cuando existan daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo de prescripción será de dos años.

Los ciudadanos afectados podrán llegar a arreglos con los entes públicos estatales o municipales, a fin de dar por concluida la controversia, mediante la fijación y el pago de la indemnización que las partes acuerden, pero debe ser aprobado por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación en el caso de los Entes Públicos estatales, o su equivalente para el caso de los entes públicos municipales; y deberá ser ratificado ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado.

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