Congreso de Quintana Roo Aprueba Tipificar como Delito el Maltrato Infantil: Ésta Será la Sanción

 Congreso de Quintana Roo Aprueba Tipificar como Delito el Maltrato Infantil: Ésta Será la Sanción

La rápida acción de vecinos y autoridades facilitó la atención médica al menor, destacando la importancia de la solidaridad comunitaria frente a la violencia doméstica

El pleno del Congreso de Quintana Roo aprobó esta semana una reforma para tipificar el maltrato infantil como un delito, modificando el artículo 192 del Código Penal del estado. Con 21 votos a favor y ninguno en contra, se estableció que toda agresión física, psicológica o emocional contra niñas, niños y adolescentes será sancionada con penas de prisión.

Detalles de la Modificación al Código Penal

El decreto adiciona el apartado quinquies al artículo 192, reconociendo como delito cualquier conducta, omisión, descuido o negligencia que cause sufrimiento físico, psicológico o emocional a menores de 18 años. Esto incluye agresiones corporales, maltrato emocional y cualquier tipo de violencia que afecte la salud o integridad de los niños y adolescentes.

Declaraciones en el Pleno

En la sesión del 6 de mayo, la diputada Maritza Basurto enfatizó la gravedad del maltrato infantil, calificándolo como una de las violaciones más graves a los derechos humanos. Basurto afirmó que los legisladores tienen la responsabilidad de tomar medidas para prevenir y erradicar la violencia contra los menores en el estado.

Sanciones Establecidas

La reforma define claramente las sanciones por maltrato infantil. La diputada Basurto destacó que se impondrá una pena de prisión de cinco a 15 años a quienes, en ejercicio de la patria potestad, tutela, custodia o responsabilidad de cuidado, causen daño físico, psicológico, emocional o cualquier otro perjuicio a la salud de un menor.

El decreto también establece una pena de cuatro a 12 años de prisión para quienes cometan el delito de maltrato infantil, la cual se incrementará en una mitad en los siguientes casos:

  • Si la víctima es menor de doce años.
  • Si la víctima tiene una discapacidad.
  • Si el agresor utiliza un arma, instrumento u objeto.
  • Si el delito es cometido por alguien que dirija, administre o trabaje en una institución asistencial, pública o privada, o preste servicios particulares de guarda, cuidado o custodia temporal de la víctima.
  • Si el maltrato es reiterado contra la misma víctima.
  • Si concurren dos o más de las agravantes mencionadas.

Además, si el agresor es un servidor público, será destituido e inhabilitado para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión público por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Apoyo y Colaboración

La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Quintana Roo (DIF) colaborará con el Ministerio Público en las investigaciones de estos delitos, promoviendo o desistiendo denuncias o querellas en casos de maltrato infantil.

La aprobación de esta reforma por el Congreso de Quintana Roo representa un paso significativo en la protección de los derechos de los menores en el estado. La tipificación del maltrato infantil como delito y la imposición de sanciones claras y severas buscan erradicar esta grave violación a los derechos humanos, asegurando un entorno seguro y saludable para todos los niños y adolescentes de Quintana Roo.