¿De cuánto es la multa por subir a la pirámide de Kukulkán en Chichén Itzá?
¡Cárcel!, ¡cárcel!, ¡cárcel! Es lo que coreaban los visitantes de Chichen Itza a la mujer que se subió a la pirámide de Kukulkan hace unos días y que se volvió viral en redes sociales por bailar en el monumento histórico, pero cuál es el castigo que la mujer puede recibir.
De acuerdo con algunos medios de comunicación, la sanción que puede recibir llega a los miles de pesos, pero qué dice la ley con respecto a subirse a edificios que están prohibidos.
Comencemos por mencionar que han sido varias las veces que algunos turistas aprovechan que no hay seguridad en la pirámide de Kukulkan, ubicada en Chichen Itzá, por lo que llegan a subirse e inclusive algunos han sobrevolado drones en el área.
¿Cuánto es la multa por subirse a la pirámide de Kukulkan?
En los últimos años se ha demostrado que la afluencia masiva de turistas causan deterioros a las zonas arqueológicas, por lo que algunos sitios lo han prohibido.
Es por esto, que en los reglamentos internos de cada zona arqueológica se establece algunas consideraciones para que los turistas puedan aprovechar mejor su visita a las pirámides y este es el caso de Kukulkán, la cual es considerada una de las maravillas del mundo moderno.
De acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, en su Capítulo VI, establece las penas y sanciones contra quienes dañen o exploten monumentos arqueológicos, sin contar con autorización del INAH.
Aunque ningún apartado se refiere específicamente al tipo de infracción, el artículo 55 establece lo siguiente:
“Cualquier infracción a esta Ley o su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de cien a cincuenta mil pesos; la que podrán impugnar mediante el recurso de reconsideración, en los términos del Reglamento de esta Ley”, explicó.
Dentro de la ley, también se establece la siguiente medida por dañar el patrimonio arqueológico en el artículo 52.
«Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado»